COMUNICADO OFICIAL A LOS REPRESENTANTES, AGENTES Y CONSULTORES DE IMAC

ASUNTO: IMPLEMENTACIÓN DE PROCEDIMIENTOS OBLIGATORIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE ACTIVOS, PROYECTOS Y OPORTUNIDADES INTERNACIONALES

 

Estimados representantes, agentes, consultores y socios de INTERNATIONAL MEDIATION AND ARBITRATION CHAMBER LLC – IMAC,

Debido al creciente número de ofertas internacionales recibidas por IMAC relacionadas con haciendas, propiedades rurales, operaciones mineras, proyectos agrícolas, emprendimientos energéticos, actividades ganaderas y otras oportunidades de inversión provenientes de Brasil y diversos países de América Latina, se ha vuelto necesario implementar nuevos procedimientos obligatorios relacionados con la calificación, identificación y responsabilidad de los proponentes.

Durante los últimos meses, hemos observado un aumento significativo de propuestas presentadas sin documentación adecuada, sin prueba de legitimidad, sin autorización formal de representación y, en algunos casos, claramente caracterizadas por conductas especulativas o informales.

IMAC mantiene un firme compromiso institucional con:

  • la transparencia;
  • la seguridad jurídica;
  • el cumplimiento internacional (compliance);
  • la credibilidad comercial;
  • la protección de los inversionistas;
  • y la integridad en las negociaciones internacionales.

Nuestros inversionistas internacionales y socios estratégicos — especialmente grupos de inversión, entidades corporativas e inversionistas árabes — exigen un alto nivel de gobernanza, organización documental, trazabilidad operativa y credibilidad profesional.

Por esta razón, ahora es obligatorio que toda oportunidad presentada a IMAC incluya, como mínimo, lo siguiente:

  1. Identificación completa de la persona física o jurídica responsable de la oferta;
  2. Prueba de propiedad o autorización formal de representación;
  3. Firma del “TÉRMINO DE RESPONSABILIDAD, LEGITIMIDAD Y AUTORIZACIÓN PARA PRESENTACIÓN INTERNACIONAL”;
  4. Aceptación de los procedimientos de compliance, due diligence y verificación documental;
  5. Reconocimiento de las políticas de protección comercial y no elusión (non-circumvention) de IMAC;
  6. Definición previa de las condiciones de comisión e intermediación.

Estas medidas no tienen como objetivo dificultar oportunidades legítimas de negocio, sino proteger:

  • a los representantes de IMAC;
  • a los inversionistas;
  • a los propietarios legítimos;
  • y la reputación institucional de la propia organización.

Debemos comprender que los inversionistas internacionales no evalúan únicamente el activo o proyecto presentado, sino también:

  • la credibilidad de quienes lo presentan;
  • el nivel de seguridad documental;
  • la organización institucional involucrada;
  • y la confiabilidad de los intermediarios que participan en la operación.

La ausencia de controles adecuados puede generar:

  • pérdida de credibilidad;
  • exposición jurídica;
  • reputación internacional negativa;
  • conflictos por comisiones;
  • esquemas fraudulentos;
  • y daños institucionales ante inversionistas estratégicos.

Además, IMAC no pretende servir como plataforma para especuladores, intermediarios no autorizados o individuos que carezcan de autoridad legítima sobre las oportunidades presentadas.

Bajo esta nueva directriz, solamente las oportunidades debidamente registradas, documentadas y aprobadas podrán ser oficialmente presentadas a través de la plataforma institucional de IMAC.

Solicitamos a todos los representantes y agentes que colaboren plenamente con esta nueva política institucional, entendiendo que estas medidas fortalecerán:

  • nuestra seguridad operativa;
  • nuestra imagen internacional;
  • nuestra capacidad de concretar operaciones reales;
  • y nuestra credibilidad ante inversionistas globales.

Estamos construyendo una plataforma internacional seria, organizada y respetada.

Y las organizaciones serias deben operar bajo reglas claras, responsabilidad documental y altos estándares de gobernanza.

Atentamente,

Calby Paiva
President

INTERNATIONAL MEDIATION AND ARBITRATION CHAMBER LLC – IMAC

 

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TERMINO DE RESPONSABILIDAD, LEGITIMIDAD Y AUTORIZACION PARA REPRESENTACION INTERNACIONAL
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